Con fundamento en los artículos 9, fracciones I y IX, 14 y 62 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Contabilidad Gubernamental, para transparentar y armonizar la información financiera relativa a la aplicación de recursos públicos en los distintos órdenes de gobierno publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2012 existe la Norma para la difusión a la ciudadanía de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos. Además, en apego al artículo 62 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los entes obligados elaborarán y difundirán en sus respectivas páginas de Internet documentos dirigidos a la ciudadanía que expliquen, de manera sencilla y en formatos accesibles la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos.
LEY DE INGRESOS
¿Qué es la Ley de Ingresos y cuál es su importancia?
La Ley de Ingresos es el instrumento jurídico que indica los ingresos en las diversas clasificaciones que la normatividad aplicable solicita y que refieren la manera en que obtendrá el municipio durante el ejercicio fiscal, en este caso, el año 2025. En dicha Ley se especifican las tasas y cuotas de los diversos servicios que presta el Municipio, así como de los impuestos locales. Su importancia radica en ser la fuente jurídica que da sustento al dinero que percibe el Municipio de diversas fuentes.
Las cantidades que se refieren en esta Ley son proyecciones, por lo que los montos estimados pueden ser mayores o menores, dependiendo de situaciones externas que producirían un incremento o disminución de los ingresos.
¿De dónde obtienen los gobiernos sus ingresos?
La fuente de los ingresos puede ser por las siguientes fuentes:
Impuestos: son una contribución (pago) en dinero o en especie, de carácter obligatorio, con la que cooperamos para fortalecer la economía del país. Los impuestos, en todos los sistemas económicos de los países, sirven para proveer de recursos al gobierno y éste pueda alcanzar los objetivos propuestos en su planeación.
Ejemplo: el impuesto predial.
Derechos: son las aportaciones que realizamos por el uso o aprovechamiento de los bienes de dominio público (bienes propiedad del Estado), por la contraprestación de servicios públicos recibidos, cuyo fin es costear el gasto de los servicios públicos del Estado.
Ejemplo: el pago del agua, panteones, etc.
Aprovechamientos: Son los ingresos que percibe el Estado por funciones de derecho público distintos de las contribuciones, de los ingresos derivados de financiamientos y de los que obtengan los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal.
Ejemplo: las multas y recargos.
Contribuciones de mejora: Son las aportaciones que los gobernados realizamos al Estado con el fin de cubrir gastos de infraestructura y servicios públicos otorgados por el mismo, en beneficio de la colectividad.
Ejemplo: cuando se realiza alguna obra y los beneficiarios contribuyen con una parte.
Aportaciones: son recursos que transfiere la Federación en virtud de la descentralización de las funciones para ofrecer los servicios de educación básica y para adultos; de salud; construcción de infraestructura social en zonas marginadas; y para la coordinación intergubernamental en materia de seguridad pública. Este tipo de recurso se encuentra etiquetado y debe obedecer a diversos lineamientos para su ejercicio.
Participaciones: Las participaciones federales, a diferencia de las aportaciones federales, son recursos que la Federación transfiere a las entidades federativas, y que las autoridades estatales los ejercen libremente en la producción de bienes y servicios que consideren necesarios. En otras palabras, las participaciones federales son recursos que los Estados y Municipios pueden ejercer libremente, mientras que las aportaciones federales son recursos etiquetados o condicionados, porque la Federación determina en qué se deben gastar.
Convenios: Derivado de la colaboración con otros niveles de gobierno, los municipios pueden firmar instrumentos jurídicos en los que reciban recursos para un uso específico.
Deuda pública: Son todas las obligaciones insolutas (pendientes) del sector público contraídas en forma directa o a través de sus agentes financieros. Es una herramienta del gobierno para diferir sus gastos en el tiempo y así poder cumplir el conjunto de funciones que le son encomendadas
En el municipio de Santa María del Río se tiene la siguiente proyección de ingresos para el año 2025:
Origen de los Ingresos
Importe
Total
172,564,340.75
Impuestos
9,023,314.00
Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social
0.00
Contribuciones de Mejoras
0.00
Derechos
9,181,321.74
Productos
697,680.00
Aprovechamientos
660,000.00
Ingresos por Venta de Bienes, Prestación de Servicios y Otros Ingresos
0.00
Participaciones, Aportaciones, Convenios, Incentivos Derivados de la Colaboración Fiscal y Fondos Distintos de Aportaciones
153,002,025.01
Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Subvenciones, y Pensiones y Jubilaciones
0.00
Ingresos Derivados de Financiamientos
0.00
PRESUPUESTO DE EGRESOS
¿Qué es el Presupuesto de Egresos y cuál es su importancia?
El Presupuesto de Egresos es la proyección del gasto público de todo el ejercicio fiscal y que se encuentra vinculado a la Ley de Ingresos. De acuerdo a lo estimado a recibir, es como se pretende ejercer el gasto de dichos ingresos. Su importancia radica en ser el instrumento que define en qué conceptos será el destino de los recursos públicos.
Este presupuesto puede ser modificado, de acuerdo a las necesidades que se presenten durante el ejercicio fiscal, a fin de realizar las adecuaciones necesarias.
¿En qué se gasta?
El presupuesto de egresos tiene considerados dos tipos de gastos: el gasto de inversión, que consiste en aquellas compras u obras que se realicen y que incrementan el patrimonio del municipio; mientras que el gasto corriente, es para aquellas erogaciones que son necesarias para la operación del municipio (ejemplo: luz, materiales de oficina, salarios, etc.). Además, existe un clasificador que agrupa en capítulos el gasto.
¿Para qué se gasta?
El gasto obedece a tres tipos de ejes que van en beneficio del desarrollo económico, social y gobierno. Estos a su vez se encuentran vinculados con lo plasmado en el Plan Municipal de Desarrollo.
¿Qué pueden hacer los ciudadanos?
La forma de participación social, se da a través del Consejo de Desarrollo Municipal; así como el ejercicio del derecho de acceso a la información, de acuerdo a la normatividad aplicable.
En el municipio de Santa María del Río se tiene la siguiente proyección de egresos para el año 2025:
¿En qué se gasta?
Importe
Total
172,564,340.75
Servicios Personales
64,400,000.00
Materiales y Suministros
11,445,000.00
Servicios Generales
19,685,000.00
Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas
3,000,000.00
Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles
1,034,340.75
Inversión Pública
69,000,000.00
Inversiones Financieras y Otras Provisiones
0.00
Participaciones y Aportaciones
0.00
Deuda Pública
4,000,000.00
Es importante señalar que, si bien no existe deuda pública, en ese gran apartado, se incluyen los adeudos de años fiscales anteriores. Es decir, compromisos de pago que no se cumplieron en ejercicio fiscal en el que fueron comprometidos los recursos.